jueves, 3 de junio de 2010

Facturas electrónicas = CFD = Comprobantes Fiscales Digitales

Considerado en diversas resoluciones desde el 2007, es a partir del presente mes de junio, y estableciendo un año de transición, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estimaría implantar el proyecto de convertir la facturación de los contribuyentes al formato digital.

En la Segunda resolución Miscelánea Fiscal para 2009 publicada el 21 de diciembre del pasado 2009 el SAT plantea la posibilidad de facturar mediante la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD), cuyo formato es xml.
En el inciso I.2.11.5 de la mencionada Resolución menciona: “… las personas físicas y morales podrán emitir comprobantes fiscales digitales…..” estableciendo así la opción de ejercer o no esta posibilidad de facturación.
El dejar a la elección de “…los contribuyentes que ejerzan la opción…” se establecen en los Artículos 28 y 29 del Código Fiscal de la Federación.

El Anexo 20 versión 2.0 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2009 establece las características, estándares y especificaciones técnicas, que deben cumplir los archivos que contengan los CFD, y los programas que los generen.
En estos momentos estaríamos a la espera de la publicación de la versión 2.1 del citado Anexo, además de la publicación en la que establecería, tal vez, la obligación de facturar utilizando el esquema de los CFD para todas aquellas facturas con un importe mayor a los $3,000.00

Entonces, la posibilidad de facturar emitiendo CFD existe ya (ser un emisor de CFD), y eventualmente existiría la obligación de facturar bajo este esquema. Es por demás el decir que los contribuyentes “…lleven su contabilidad en sistema electrónico…” para poder optar por emitir CFD. Grandes contribuyentes ya han optado por esta opción, como lo son por ejemplo Sears, Comercial Mexicana, Soriana, Wal*Mart, y etcétera por mencionar solo algunos de los más conocidos.

Así existen cuatro formas básicas para emitir CFD:
1 y 2.- Adquirir o rentar un sistema informático de facturación que emita CFD,
3.- Adquirir los servicios de un Proveedor Autorizado para emitir CFD (PACFD), y
4.- Inscribirse bajo el portal del SAT en el renglón de Microe.

La mejor de las opciones sería emitir los CFD por cuenta propia, ya sea adquiriendo o rentando el programa para hacerlo, ya que se ejerce control completo sobre la facturación. Ese es el pro, la contra es que no son baratos e implica tener el equipo de cómputo necesario y un server con el fin de mantener disponible un volumen para acceso del SAT con el fin de que realice consultas, cuando lo estime conveniente, sobre las operaciones realizadas, además habrá que considerar el contar con un encargado del sistema. Pero el grosor de facturación puede inclinar la balanza por el beneficio que implica optar por “cero impresiones” y agilizar el sistema de facturación y cobro.
Como estas opciones podemos más bien considerarla para empresas que cuentan al menos con un Departamento de Sistemas vamos a dejarlas para prestar atención a las opciones 3 y 4.

Los pequeños y medianos contribuyentes pueden optar por adquirir los servicios que proporcione un PACFD para llevar a cabo la operación de facturación digital. El servicio se proporciona vía una página web en la cual se registran los datos necesario respecto de la facturación por productos y/o servicios, así como de (los) cliente(s) a quien se facture. La factura emitida en estándar xml puede ser impresa y/o almacenada bajo diversos formatos (en el mismo xml, y pdf y jpg, estos dos últimos formatos como los más socorridos por ser accesibles a todos).
Si es por vía internet que se tramite el cobro de la factura el “emisor” avisa al “receptor” de la factura originada, y el receptor puede “ver” y recibir esa factura en la misma web del PACFD; otro modo es sencillamente que el emisor envíe (o en su caso entregue en mano una vez impresa) la factura bajo formato pdf o jpg (más el archivo xml correspondiente) al receptor para tramitar el cobro de la misma.
A este respecto existe una base de Proveedores Autorizados para emitir CFD dentro de todo México, se puede consultar en este enlace.

Solo por mencionar algunos de ellos (por alguna parte tendríamos que empezar), y para que nos podamos dar idea del costo del servicio, pueden consultar DigiFact (ubicado en Tlalnepantla, Edo. De México),
otro PACFD que pueden consultar es Informap (ubicado en Chihuahua),
otro PACFD más puede ser MasterEdi en su lista de precios (hasta donde sé ubicado en el sur del Distrito Federal).
En fin, que allí está la lista y ustedes pueden consultar y/o contratar el que más les guste.

Cada una de las tres opciones anteriores implica un costo, puede ser poco o mucho, pero hay que invertirle algo. La cuarta opción no implica costo alguno:

Esta cuarta opción entonces va redactada en el inciso I.2.4.1 de la Segunda resolución Miscelánea Fiscal para 2009 antes mencionada: “…los contribuyentes personas físicas dedicadas a realizar actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o arrendamiento de bienes inmuebles y las personas morales, cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no hubiesen excedido de $4’000,000.00, podrán optar por utilizar la herramienta electrónica denominada “Portal Tributario PyMEs”…”
Este portal tributario va habilitado dentro de la página del SAT en el Portal Microe

Esta “Herramienta Microe” puede descargarse en modo de prueba. La herramienta no solo puede emitir CFD sino que opera como un todo para llevar el registro fiscal y contable tanto de los ingresos como de los egresos y demás deducciones. Es una especie de programa contable simplificado. La verdad es que el programa está bien hecho, les recomiendo bajar el modo de prueba para darse una idea (existe también el “Demo” de esta herramienta, que es una guía del cómo operar la Herramienta Microe).
El pero es que el SAT mantiene en todo momento control de todos los registros (el programa opera bajo Java) y hay que llevar los registros al día (fecha de ingresos y egresos, tanto si se cobran-pagan en una sola exhibición o en varias). Aquí pueden consultar los Componentes del Portal Microe para que se den una idea. De alguna forma me viene a la mente aquel consejo de “no poner todos los huevos en una misma canasta”.

Cabe aclarar que el poder bajar la Herramienta Microe solo implica que el programa se encuentra en lo que podemos decir “modo de prueba”.
Para usar formalmente la Herramienta Microe el contribuyente debe realizar la solicitud de alta bajo este esquema desde “Mi Portal” (esquina superior derecha de la página principal del SAT), y una vez aprobada la solicitud y contando ya con los requisitos para operar este modelo hay que desinstalar el modo de prueba y descargarlo desde el mismo “Mi Portal” para instalarlo y operarlo ya formalmente.

Por supuesto en cualquier momento puede uno desistirse de facturar por medio de CFD, cuando: “a) Siempre que no haya emitido ningún comprobante, deberá presentar aviso de desistimiento en el mismo ejercicio, dentro de los treinta días posteriores al cual haya optado por emitir CFD y b) En caso de haber emitido CFD, el aviso de desistimiento deberá presentarse en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el cual surta sus efectos.”

Los requisitos para facturar emitiendo CFD para cualquiera de las opciones es contar con Firma Electrónica Avanzada (la llamada FIEL –que en su inicio se conoció como la FEA-), contar con al menos un certificado de Sello Digital –CSD- y contar por lo menos con una serie de folios asignados por el mismo SAT.
La “factura” CFD en sí puede ser diseñada al gusto, en cualquier color y de cualquier sabor.

También es posible emitir CFD y continuar emitiendo facturas impresas, básicamente si el contribuyente cumple con “…Se trate de contribuyentes que dictaminen o hayan optado por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales en el ejercicio fiscal inmediato anterior …”


Ahora es cuestión de cada uno de nosotros, al menos de momento, el determinar en qué momento dar el paso para facturar en formato digital.

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